Embargo de cuenta bancaria: qué pueden retener y cómo recuperar el exceso

El embargo de cuenta es el primero que ejecutan los acreedores con título ejecutivo y las administraciones, porque es inmediato: una orden al banco y el saldo queda retenido. Pero la ley protege el salario ingresado, y el exceso se puede recuperar.
Cómo funciona
- El juzgado o la administración (Hacienda, Seguridad Social, ayuntamiento) envía la diligencia de embargo al banco, normalmente de forma telemática a todas las entidades.
- El banco retiene el saldo disponible hasta la cantidad embargada y lo comunica.
- Tras un plazo, el banco ingresa el importe retenido a favor del acreedor.
- El titular recibe la notificación, a veces después de ver la retención en la app.
Qué saldo está protegido
- La nómina, pensión o prestación del mes ingresada en la cuenta conserva la protección del art. 607 LEC: hasta el SMI es inembargable y el resto se embarga por tramos (30 % a 90 %). Calcula tu caso con la calculadora de esta página.
- Ayudas sociales (Ingreso Mínimo Vital, rentas mínimas, ayudas por dependencia) son inembargables.
- Pensiones de alimentos recibidas para los hijos.
- Ahorros acumulados de meses anteriores: no están protegidos.
- En el mes de la paga extra el límite inembargable se duplica.
Hacienda y la Seguridad Social aplican estas mismas reglas cuando el saldo proviene de salarios o pensiones.
Cuentas conjuntas
En cuentas con varios titulares se presume que el saldo pertenece a partes iguales. Solo se embarga la parte del deudor, salvo que se acredite que el dinero es de otro titular (o al revés). Conviene separar cuentas cuando uno de los cónyuges tiene deudas privativas.
Cómo recuperar lo embargado de más
- Reúne la nómina o el certificado de la pensión del mes y el extracto que muestre el ingreso.
- Presenta un escrito al juzgado (o a la administración que embarga) alegando la inembargabilidad parcial del saldo (art. 607 LEC) y pidiendo la devolución del exceso.
- Si el banco ha retenido saldo protegido por error de cálculo, reclama también al banco: debe aplicar los límites.
- Si el embargo es de Hacienda, la solicitud se presenta en la sede electrónica con la nómina adjunta.
Cómo evitar que se repita
- Pide aplazamiento (Hacienda, Seguridad Social) o negocia un plan con el acreedor privado: los embargos se alzan al acordar.
- Opón la prescripción o la nulidad del título si procede.
- Si son varias deudas, la Ley de Segunda Oportunidad suspende todos los embargos con la declaración de concurso.
Calcula cuánto te pueden embargar de la nómina
- Parte inembargable (salario mínimo)
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- Te quedaría cada mes
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| Tramo | Porcentaje | Importe |
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Preguntas frecuentes
¿Pueden dejarme la cuenta a cero?
No si el saldo procede de tu nómina o pensión del mes: hasta el SMI es inembargable y el resto se retiene por tramos. Los ahorros de meses anteriores sí pueden embargarse por completo.
¿El banco tiene que avisarme?
El banco ejecuta la orden y suele comunicarlo después. La notificación previa la hace el juzgado o la administración, a veces con retraso.
¿Qué pasa con una cuenta compartida con mi pareja?
Se presume que el saldo es por partes iguales: solo puede embargarse la mitad correspondiente al deudor, salvo que se pruebe otra proporción.
¿Cuánto tarda en devolverse lo embargado de más?
Depende de quien embarga: con Hacienda o Seguridad Social, semanas tras presentar la nómina; con un juzgado, tras resolver el escrito de impugnación, a menudo uno o dos meses.
Fuentes
- Ley de Enjuiciamiento Civil arts. 588, 607 y 621
- Ley General Tributaria art. 171
- Reglamento General de Recaudación art. 79
Datos revisados el 2026-09-02. Información general, no asesoramiento jurídico: cada caso lo decide un juzgado con los requisitos de la ley. Fuentes: Texto Refundido de la Ley Concursal (redacción de la Ley 16/2022), Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley Orgánica 3/2018. Ver metodología.