¿Deudas de más de 15.000 € con dos o más acreedores? Comprueba en dos minutos si puedes cancelarlas

ASNEF: cómo saber si estás y cómo salir

ASNEF es un fichero de morosidad gestionado por Equifax. Estar en él bloquea créditos, hipotecas y a veces contratos de suministros. La inclusión tiene requisitos legales y, si no se cumplen, se puede exigir la baja y una indemnización.

Un hombre lee en casa las cartas de un fichero de morosidad
50 €
deuda mínima para poder incluirte
5 años
permanencia máxima desde el vencimiento
1 mes
plazo para responder a tu derecho de acceso

Requisitos para incluirte

  • Deuda cierta, vencida y exigible
  • Requerimiento previo de pago al deudor
  • Importe superior a 50 €
  • Antigüedad de la deuda inferior a 5 años

Cómo salir

  1. Consulta el fichero. Ejercita el derecho de acceso ante Equifax: verás qué acreedor te ha incluido, por qué importe y desde cuándo.
  2. Si la deuda es real y puedes pagarla, paga y exige al acreedor la baja inmediata; guarda el justificante y, si no te borran, reclama ante la AEPD.
  3. Si la deuda no es tuya, es errónea o no te la reclamaron antes, ejercita el derecho de supresión ante Equifax y el acreedor. Si no atienden, reclama ante la AEPD y valora la demanda por daño moral.
  4. Si la deuda es real y no puedes pagarla, mira si prescribió (cinco años para deudas de consumo, con matices) o si cabe la Ley de Segunda Oportunidad, que la cancela y obliga a la baja.

Guías sobre ASNEF

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si estoy en ASNEF?

Pidiendo el derecho de acceso a Equifax (gestora del fichero ASNEF) por su web o por correo, gratis, con copia del DNI. Deben responder en un mes.

¿Pueden incluirme por una deuda de 30 €?

No. Desde 2018 solo pueden incluirse deudas superiores a 50 €, ciertas, vencidas y exigibles, y previamente reclamadas al deudor.

¿Cuánto tiempo se está en ASNEF?

Hasta que se paga la deuda y, como máximo, cinco años desde el vencimiento. Pagada la deuda, el acreedor debe pedir la baja de inmediato.

¿Puedo reclamar una indemnización?

Si te incluyeron sin cumplir los requisitos (deuda discutida, sin requerimiento previo, importe erróneo), los tribunales reconocen indemnizaciones por daño moral, habitualmente entre 3.000 y 10.000 €, además de la baja.

Datos revisados el 2026-09-02. Información general, no asesoramiento jurídico: cada caso lo decide un juzgado con los requisitos de la ley. Fuentes: Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) art. 20; Reglamento (UE) 2016/679. Ver metodología.