Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad no es gratis: exige abogado y procurador, y el procedimiento dura meses. Lo que se paga depende del patrimonio, del número de acreedores y de si se opta por liquidación o plan de pagos. Estas son las cifras que se ven en el mercado en 2026.
Rangos orientativos
| Situación | Honorarios abogado + procurador |
|---|---|
| Sin bienes, pocos acreedores, sin deuda pública (concurso sin masa) | 2.500 a 4.000 € |
| Con vivienda que se liquida o con varios acreedores y deuda pública | 4.000 a 7.000 € |
| Con plan de pagos para conservar la vivienda, autónomos con actividad, incidentes | 7.000 a 13.000 € |
A esto se suman los gastos de publicación en el Registro Público Concursal (decenas de euros) y, si hay bienes que liquidar, los honorarios del administrador concursal, que fija el juzgado por arancel y se pagan con cargo a la masa.
Qué debe incluir un presupuesto cerrado
- Estudio de requisitos y de la documentación.
- Redacción y presentación de la solicitud de concurso.
- Procurador para todo el procedimiento.
- Tramitación de la exoneración (con liquidación o con plan de pagos) y de las posibles impugnaciones de los acreedores.
- Comunicaciones con los acreedores y gestión de la baja en ficheros de morosidad tras la exoneración.
Si el presupuesto es «desde», pregunta qué no incluye. Las incidencias más frecuentes son la oposición de un acreedor a la exoneración y la revisión del plan de pagos.
Justicia gratuita
Si tus ingresos no superan los límites legales, puedes pedir abogado y procurador de oficio en el colegio de abogados de tu provincia. Hay listas de espera y no eliges profesional, pero el coste es cero. Muchos despachos privados ofrecen también la posibilidad de tramitar la justicia gratuita con ellos si están adscritos al turno.
Ofertas que conviene mirar con lupa
- «Cancela tus deudas por 990 €»: suele ser solo la primera fase; el resto se factura después.
- Cuotas mensuales sin presupuesto total: al cabo de dos años has pagado más que un presupuesto cerrado.
- Empresas que no son despachos y «gestionan» el expediente: el procedimiento exige abogado colegiado; comprueba quién firma la demanda.
- Garantías de resultado: la exoneración la concede el juez; nadie puede garantizarla.
Cómo saber si compensa
Compara el coste con la deuda que se cancelaría y con lo que pagarías si negociaras. Con 30.000 € de deuda ordinaria y sin bienes, un procedimiento de 3.500 € que cancela todo compensa. Con 8.000 € de deuda y un solo acreedor, casi nunca: negocia una quita o un plan de pagos.
Preguntas frecuentes
¿Se puede pagar a plazos?
Casi todos los despachos fraccionan los honorarios durante los meses que dura el procedimiento. Desconfía de quien exige todo por adelantado o de quien cobra «cuotas mensuales» indefinidas sin presupuesto cerrado.
¿Hay tasas judiciales?
Las personas físicas están exentas de tasas judiciales. Sí hay gastos de publicación en el Registro Público Concursal y, si hay bienes, honorarios del administrador concursal con arancel legal.
¿Puedo pedir abogado de oficio?
Sí, si tus ingresos no superan los límites de la justicia gratuita (con carácter general, dos veces el IPREM anual para una persona sola, con escalas por unidad familiar). El turno de oficio cubre el concurso de persona física.
¿Por qué unos despachos cobran 1.500 € y otros 8.000 €?
Por el patrimonio y la complejidad (vivienda, autónomos, muchos acreedores, deuda pública) y por lo que incluye el presupuesto. Un precio muy bajo suele excluir el procurador, las incidencias o el plan de pagos.
Fuentes
- Texto Refundido de la Ley Concursal arts. 486 a 502
- Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita
Datos revisados el 2026-09-02. Información general, no asesoramiento jurídico: cada caso lo decide un juzgado con los requisitos de la ley. Fuentes: Texto Refundido de la Ley Concursal (redacción de la Ley 16/2022), Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley Orgánica 3/2018. Ver metodología.