Cómo saber si estás en ASNEF (gratis y en un mes como máximo)

ASNEF es el fichero de morosidad más consultado por bancos, financieras y operadoras. Lo gestiona Equifax. Saber si estás en él es gratis, y la ley obliga a decirte quién te incluyó, por cuánto y desde cuándo.
Tres formas de consultarlo
- Web de Equifax (derecho de acceso). Formulario online con verificación de identidad; el informe llega por email o correo postal.
- Correo postal o electrónico a Equifax (Servicio de Atención al Consumidor) con copia del DNI y una solicitud de acceso citando el art. 15 del RGPD.
- A través del acreedor que te reclama: está obligado a indicarte si te ha incluido en un fichero y en cuál.
Evita las webs que cobran por «consultar ASNEF»: no son el fichero y a menudo solo tramitan la misma solicitud gratuita.
Qué debe contener el informe
- Entidad que te ha incluido y datos de contacto.
- Importe de la deuda reclamada y fecha de vencimiento.
- Fecha de inclusión y fecha prevista de baja.
- Quién ha consultado tus datos en los últimos meses (bancos, financieras).
Cómo interpretarlo
- Deuda que reconoces y puedes pagar: paga y exige la baja inmediata al acreedor; en unos días debe desaparecer.
- Deuda que reconoces y no puedes pagar: comprueba la fecha: a los cinco años del vencimiento deben borrarte. Mira si cabe negociar o si la deuda entra en la Ley de Segunda Oportunidad.
- Deuda que no reconoces o de importe erróneo: ejercita el derecho de supresión ante Equifax y el acreedor; si no atienden en un mes, reclama ante la AEPD y valora reclamar daños.
- Deuda inferior a 50 €, discutida o sin requerimiento previo: la inclusión no cumple los requisitos legales; pide la baja y la indemnización.
Cuánto tiempo se está
Hasta que se paga y, como máximo, cinco años desde el vencimiento de la deuda. La cancelación de la deuda por la Ley de Segunda Oportunidad obliga también a la baja.
Qué hacer si te han incluido mal
Guarda el informe, envía un burofax al acreedor pidiendo la baja y la justificación de la deuda, y presenta reclamación ante la AEPD si no responden. Los tribunales vienen reconociendo indemnizaciones por daño moral (habitualmente entre 3.000 y 10.000 €) por inclusiones sin requerimiento previo o por deudas discutidas.
Preguntas frecuentes
¿Consultar ASNEF cuesta dinero?
No. El derecho de acceso es gratuito por ley. Las webs que cobran por «informes de solvencia» no son el fichero; pide el acceso directamente a Equifax.
¿Cuánto tardan en contestar?
Un mes desde la solicitud, prorrogable dos meses más en casos complejos, con aviso. Si no contestan, reclama ante la AEPD.
¿Me avisan antes de incluirme?
Deben requerirte el pago antes de incluirte y notificarte la inclusión en los 30 días siguientes. Si no recibiste nada, la inclusión puede ser impugnable.
¿Existen otros ficheros?
Sí: Badexcug (Experian), RAI (para empresas) y la CIRBE del Banco de España, que no es un fichero de morosos sino un registro de riesgos. Cada uno se consulta por separado.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2016/679 art. 15
- Ley Orgánica 3/2018 art. 20
Datos revisados el 2026-09-02. Información general, no asesoramiento jurídico: cada caso lo decide un juzgado con los requisitos de la ley. Fuentes: Texto Refundido de la Ley Concursal (redacción de la Ley 16/2022), Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley Orgánica 3/2018. Ver metodología.